Alta en el Padrón

Ayuntamiento en Casa
Padrón Municipal de Habitantes: Alta
El padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los vecinos del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde reside habitualmente.
Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.
El vecino tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.
Dirigido a Personas Físicas
Requisitos
– Ser mayor de edad o menor entre 16-18 años.
– Residir en el municipio la mayor parte del año.
Normativas:
Ley 4/1996, de 10 de enero
Ley 7/1985, 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre. Modifica el Reglamento de Población de Demarcación Territorial de las Entidades Locales
Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales (Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio)
Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000
Tramitación Presencial:
Documentación:
A) IMPRESOS: Los abajo reseñados.
B) DOCUMENTOS DE IDENTIDAD (original y copia)
Interesado
Españoles: DNI, pasaporte o permiso de conducir.
Extranjeros comunitarios (o asimilados): NIE / tarjeta de residencia, pasaporte o carta de identidad de su país de origen, en vigor.
Extranjeros no comunitarios: NIE / tarjeta de residencia o pasaporte, en vigor.
Representante
Los mismos que el interesado. La representación deberá ser expresa y específica para el trámite, haciéndose constar por escrito.
C) DOCUMENTOS DE LA VIVIENDA (original y copia)
Si en la vivienda no figura nadie empadronado: Título de propiedad, contrato de arrendamiento o recibo actualizado que justifique su ocupación (ej.: escritura de compraventa, contrato de arrendamiento presentado ante D.G.A., contrato de alta o recibos actuales de suministro de agua, electricidad, gas o teléfono fijo). En los supuestos de contratos de arrendamiento privado deberá aportarse documento de identidad tanto del arrendador como del arrendatario.En defecto de título justificativo de la ocupación de la vivienda, será necesaria la autorización del propietario junto con la documentación acreditativa de su identidad (DNI / NIE / pasaporte).
Si en la vivienda figura alguien empadronado, deberá aportarse autorización de una persona mayor de edad inscrita en la misma, junto con la documentación acreditativa de su identidad (DNI / NIE / tarjeta de residencia /pasaporte).
Si la vivienda es colectiva, la autorización debe ser sellada y firmada por algún representante de la misma debiéndose aportar el DNI o, en su caso, el CIF.
Lugar de Presentación:
Oficina Municipal del Ayuntamiento
Pza. de España , 1 – 44520 Samper de Calanda (Teruel)
Horario: De lunes a viernes de 8,30 a 14,30 h.
Tfno. : 978 82 24 01 Fax: 978 822428
Impresos relacionados:
Alta en el Padrón Municipal (documento pdf)